A lo largo de estas últimas semanas desde Consejero Legal hemos querido aprovechar este espacio para tratar contigo un tema bastante cotidiano en nuestra vida diaria pero que, en ocasiones, suele generarnos algunas dudas, como es el funcionamiento administrativo del carnet de conducir por puntos.
Por eso, una vez que ya profundizamos en aquellas sanciones de tráfico que pueden suponer la pérdida de puntos en tu permiso de conducción, hoy queremos centrar nuestra atención en el aspecto contrario, es decir, en los procedimientos necesarios para recuperar los puntos perdidos previamente.
Conoce cómo recuperar los puntos de tu carnet con Consejero Legal
Más allá de las posibilidades que te ofrecemos en Consejero Legal para la reclamación de tus multas de tráfico y así evitar que tengas que hacer frente a una sanción económica y a la pérdida de puntos en tu carnet, la Dirección General de Tráfico ofrece la posibilidad de recuperar tus puntos perdidos a través de los siguientes trámites:
- La DGT permite recuperar hasta 6 puntos de tu carnet de conducir a través de la realización de cursos de 12 horas de duración sobre sensibilización y reeducación vial, organizados por este organismo, y que pueden solicitarse cada dos años, o anualmente, si eres un conductor profesional.
- Asimismo, en el caso de que no tengas que hacer frente a ninguna sanción de tráfico que conlleve la pérdida de más puntos, recuperarás la totalidad de los puntos de tu permiso de conducir transcurridos dos años, o tres, en el caso de hacer cometido infracciones muy graves.
- No obstante, hay que tener en cuenta que esta recuperación de puntos solamente será aplicable si no has perdido la totalidad de los puntos de tu carnet, y en consecuencia, su vigencia o validez administrativa, ya que en este supuesto la realización de los cursos de la DGT tendrá carácter forzoso, además de estar obligado a realizar una prueba teórica para su superación.